Mediana calculada sobre 1 anuncios con precio publicados en Homesya, actualizado el 21 de septiembre de 2026. El rango habitual descarta el 10 % más barato y el 10 % más caro.
El mercado en Andalucía muestra una demanda creciente de propiedades con carácter histórico o amenities premium, como piscinas y vistas al mar. Particularmente, compradores particulares y profesionales del sector inmobiliario buscan viviendas que combinen ubicación estratégica y potencial de revalorización, aprovechando precios que oscilan entre 324.900 € y 1.449.900 € en Homesya.com.
En el portal Homesya.com los listados de “Increíble Vivienda” se sitúan entre 324.900 € y 1.449.900 €, con una distribución típica: 30 % de los inmuebles entre 300 000 € y 500 000 €, 45 % entre 500 000 € y 800 € y el resto supera los 800 000 €. Ejemplos representativos son: Increíble vivienda con piscina en El Tomillar, Puerto de la Torre (660.000 €); Increíble vivienda en el corazón del Albaicín (324.900 €); Increíble vivienda en Alfonso X el Sabio (465.000 €); Increíble vivienda exclusiva junto a la Plaza de la Corredera (650.000 €); y la Increíble oportunidad de negocio y vivienda en la zona de lujo (1.449.900 €).
Para formalizar la compra de una “Increíble Vivienda” es necesario disponer del Escritura Pública de compraventa, la Nota Simple del Registro de la Propiedad y el Certificado de Urbanismo emitido por el Ayuntamiento. Además, el comprador debe presentar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la Consejería de Hacienda de Andalucía, con una tasa del 8 % sobre el valor declarado. En caso de que la vivienda sea parte de un edificio protegido, se requerirá la autorización de la Consejería de Cultura para cualquier reforma interior.
1. Ausencia de certificado de eficiencia energética o una calificación inferior a la clase D, lo que indica posibles deficiencias de aislamiento y costes de climatización elevados. 2. Deudas pendientes de la comunidad de propietarios que no aparecen en la Nota Simple, como cuotas de mantenimiento o sanciones por obras no autorizadas. 3. Discrepancias entre la superficie construida y la declarada en el catastro, que pueden derivar en sanciones o en la necesidad de regularizar la vivienda ante el ayuntamiento.
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