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Local · Alquiler · Santa Pola

Alquiler Local Comercial en Primera Línea del Puerto de Santa Pola

1.600 €/mes
  • Superficie: 60

Actualizado 24/10/2026

Características y equipamiento

Características básicas

m² construidos 60 m²
Año construcción Construido en 1976

Descripción

Oportunidad única para emprendedores: local comercial disponible para alquiler en una de las mejores ubicaciones de Santa Pola, justo en la segunda línea del club náutico. Este establecimiento hace esquina, garantizando así una alta visibilidad y un considerable tráfico peatonal diario.~~ Con su amplia fachada destinada a escaparates, este espacio es ideal para hostelería o cualquier tipo de comercio que busque atraer clientes. El interior cuenta con suelos de gres y ventanas de aluminio que aportan luminosidad al ambiente; sin embargo, se debe tener presente que no dispone de salida de humos. Además, el local incluye una generosa terraza exterior ubicada sobre la acera (sujeta a cuotas municipales). En cuanto al proceso administrativo necesario para alquilarlo, se exige fianza equivalente a dos meses más garantías complementarias adicionales por parte del inquilino. ~~Los suministros con los que cuenta el local serán a cargo del arrendatario junto con los gastos relacionados como tasas basura y alcantarillado además de los gastos de comunidad . ~~Los honorarios inmobiliarios a cargo del arrendatario ascienden a una mensualidad más IVA. Tenga también presente que el precio del arriendo indicado no incluye un porcentaje adicional correspondiente al IVA vigente (21%). No pierda esta oportunidad.~~El primer año el alquiler es de 1600€ +21% de iva. El segunda año de 1700€ + 21% de iva, y a partir del tercer año se aplicarán subidas correspondiente al IPC. PROPIEDADES EN VENTA~El precio indicado no incluye impuestos ni gastos derivados de la compraventa; por tanto, el comprador deberá abonar la fiscalidad aplicable conforme a la normativa vigente. En particular, en transmisiones de inmuebles de segunda mano sujetas a ITP, en la Comunidad Valenciana el tipo general es del 9% del precio, pudiendo variar entre el 4% y el 11% en función de las circunstancias legalmente previstas. Los tipos aplicables, reducciones y bonificaciones, cuando procedan, dependen del cumplimiento de los requisitos vigentes (tarifas/tipos y bonificaciones del ITP consultables en la web de la Generalitat Valenciana – GVA). La base para el cálculo del impuesto será la que resulte conforme a la normativa vigente, tomándose como referencia el mayor importe entre el precio de compraventa y el valor de referencia del Catastro. Asimismo, el comprador asumirá los gastos de notaría y registro conforme a arancel oficial. Los gastos de gestoría son opcionales (confección y presentación de impuestos, inscripción y cambios de titularidad de suministros); si se contrata, el coste será a cargo del comprador y se informará previamente en función de los servicios efectivamente contratados. La agencia no repercute honorarios al comprador; los honorarios de mediación por la compraventa serán a cargo de la parte vendedora.~~~PROPIEDADES EN ALQUILER~La renta indicada no incluye gastos, salvo que se indique expresamente. Por tanto, además de la renta, el arrendatario deberá abonar aparte los gastos de uso ordinario que correspondan. A título meramente informativo (lista no exhaustiva), estos gastos pueden incluir suministros y consumos (luz, agua, gas, internet) y tasas/servicios (basuras, alcantarillado u otros), que se determinarán conforme a la normativa aplicable y a lo pactado en el contrato de arrendamiento. La fianza legal será la que corresponda según el tipo de arrendamiento: un (1) mes para uso de vivienda habitual y dos (2) meses para uso distinto de vivienda. Además, se exigirá un (1) mes de garantía adicional. Los honorarios de intermediación inmobiliaria, cuando se trate de arrendamientos de vivienda, serán a cargo del arrendador, conforme a la normativa vigente.~ PROPIEDADES EN ALQUILER
La renta indicada no incluye gastos, salvo que se indique expresamente. Por tanto, además de la renta, el arrendatario deberá abonar aparte los gastos de uso ordinario que correspondan. A título meramente informativo (lista no exhaustiva), estos gastos pueden incluir suministros y consumos (luz, agua, gas, internet) y tasas/servicios (basuras, alcantarillado u otros), que se determinarán conforme a la normativa aplicable y a lo pactado en el contrato de arrendamiento. La fianza legal será la que corresponda según el tipo de arrendamiento: un (1) mes para uso de vivienda habitual y dos (2) meses para uso distinto de vivienda. Además, se exigirá un (1) mes de garantía adicional. Los honorarios de intermediación inmobiliaria, cuando se trate de arrendamientos de vivienda, serán a cargo del arrendador, conforme a la normativa vigente.
Información destacada:
- Superficie: 69.60 m²
- Certificación energética: G
- Año de construcción: 1976
- Puntos de interés cercanos: Comercios

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Alicante Sol - Arenales

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